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Directiva (UE) 2022/2557 · Resiliencia de entidades críticas

Directiva CER: no se certifica, se cumple

La directiva europea de resiliencia de entidades críticas sustituye el viejo modelo de infraestructuras críticas por uno más exigente: evaluación de riesgos, plan de resiliencia y notificación de incidentes en 24 horas. Solo obliga a quien la autoridad designa entidad crítica, pero a quien designa no le deja mucho margen.

¿Te afecta?

No cuenta tu sector: cuenta que te designen

La directiva no obliga a sectores enteros. Obliga a las entidades que cada Estado identifica, y tenía de plazo hasta el 17 de julio de 2026 (art. 6). Tres situaciones posibles:

Tu situaciónQué significaNivel
Te han notificado como entidad críticaObligación directa: evaluación de riesgos, plan de resiliencia, responsable designado y notificación de incidentes.Directiva en vigor; ley española pendiente
Eres proveedor de una entidad críticaSin obligación legal propia, pero lo previsible es que te trasladen requisitos de continuidad y seguridad por contrato o por pliego.Interpretación de mercado
Ninguna de las dosNo te obliga. Aun así, cada vez más licitaciones valoran la continuidad de negocio y la resiliencia operativa.Interpretación de mercado

Sectores de la directiva: energía, transporte, banca, infraestructuras de los mercados financieros, salud, agua potable, aguas residuales, infraestructura digital, administración pública, espacio y alimentación. Banca, mercados financieros e infraestructura digital quedan fuera de buena parte de las obligaciones porque ya las cubren DORA y NIS2 (art. 8). El proyecto español que decayó en octubre de 2026 añadía sectores, entre ellos la seguridad privada.

Qué exige

Seis medidas y cuatro plazos

Las medidas vienen de la directiva, que ya está en vigor. Los plazos concretos para España venían del proyecto de ley que decayó con la disolución de las Cortes: son la mejor pista de lo que vendrá, no derecho vigente.

Medida de resilienciaQué pide
PrevenirReducir la probabilidad de que el incidente ocurra.
ProtegerProtección física adecuada de instalaciones e infraestructuras.
ResistirResponder al incidente y limitar sus consecuencias.
RecuperarContinuidad de negocio y cadenas de suministro alternativas.
PersonalGestión de la seguridad de quienes ejercen funciones críticas, incluida la comprobación de antecedentes.
ConcienciarFormación para que la plantilla conozca las medidas.
Plazo (proyecto decaído)Qué hay que tenerAnte quién, según el proyecto
3 meses desde la designaciónResponsable de Seguridad y Resiliencia, con habilitación de Director de Seguridad (art. 8.3)Secretaría de Estado de Seguridad, a través del CNPREC
9 meses desde la notificaciónEvaluación de riesgos propia, renovada al menos cada cuatro años (art. 6.1)Secretaría de Estado de Seguridad, que la valida
6 meses tras la evaluaciónPlan de resiliencia o documento equivalente (art. 8.1)Secretaría de Estado de Seguridad, que lo valida
24 horas desde que se conoceNotificación de incidentes significativos, con informe detallado en un mes como máximo (art. 10.1)Secretaría de Estado de Seguridad, a través del CNPREC
Estado normativo

Europa ya legisló. España, todavía no.

Estado verificado a octubre de 2026 — cada afirmación, con su fase.

En vigor Directiva (UE) 2022/2557 · CER

En vigor desde el 16 de enero de 2023. Los Estados debían transponerla en octubre de 2024 e identificar a sus entidades críticas antes del 17 de julio de 2026. España va con retraso: la Comisión Europea le remitió un dictamen motivado en mayo de 2025.

Decaído Proyecto de Ley de protección y resiliencia de las entidades críticas

Aprobado por el Consejo de Ministros en marzo de 2026, decayó con la disolución de las Cortes (Real Decreto 806/2026, BOE de 6 de octubre de 2026): los proyectos en trámite caducan y no se reanudan. El Gobierno que salga de las elecciones del 29 de noviembre tendrá que aprobar un texto nuevo. El decaído creaba el CNPREC, en sustitución del CNPIC, y derogaba la Ley 8/2011.

En vigor hasta que se derogue Ley 8/2011 · Infraestructuras críticas

Mientras no haya ley nueva —y con la disolución, eso va para largo—, los operadores críticos siguen sujetos a ella. Quien ya lo es tiene la mitad del camino hecho, y la otra mitad es la que más cuesta: pasar de proteger instalaciones a demostrar resiliencia.

Lo que nadie cuenta

CER y NIS2 se cumplen juntas o se pagan dos veces

Quien es crítico, es esencial

NIS2 trata como entidad esencial a toda entidad identificada como crítica con CER. La designación arrastra también las obligaciones de ciberseguridad, que en España tampoco tienen todavía ley de transposición.

Dos leyes, una sola evaluación de riesgos

El proyecto español que decayó dejaba la ciberseguridad fuera de su ámbito y la remitía a NIS2. Pero el riesgo de tu instalación no distingue entre físico y digital: una evaluación pensada para los dos marcos evita repetir el trabajo.

La continuidad es el músculo común

Recuperar el servicio es una medida de CER y una obligación de gestión de riesgos de NIS2. Un sistema de continuidad de negocio bien construido sirve a las dos, y a la ISO 27001 y el ENS si ya los tienes.

Qué hacemos

Del análisis de brechas al plan que valida la autoridad

Análisis de brechas

Dónde estás frente a las seis medidas de la directiva y frente a lo que preveía el proyecto de ley, con lo que ya cubres por la Ley 8/2011, la ISO 27001 o el ENS.

Evaluación de riesgos y plan de resiliencia

Preparados para presentarlos a validación, con un procedimiento de notificación de incidentes que llegue a tiempo a las 24 horas.

Continuidad y ciberseguridad integradas

Continuidad de negocio con ISO 22301 y seguridad de la información con ISO 27001 o el ENS, diseñadas para servir también a NIS2.

Lo que no hacemos: validar tu plan ni ejercer de Responsable de Seguridad y Resiliencia. Según el proyecto, la validación correspondía a la Secretaría de Estado de Seguridad y el responsable debía tener habilitación de Director de Seguridad. Nosotros preparamos lo que esa persona tendrá que defender. Cómo trabajamos, fase a fase, está en el proceso.

La lectura de Madruga

Esperar a la ley es la forma más cara de cumplirla

Con el proyecto de ley decaído por la disolución de las Cortes, la tentación es esperar a la próxima legislatura. Pero las seis medidas ya están escritas en una directiva en vigor, y los plazos del proyecto no cambian la naturaleza del trabajo: nueve meses para una evaluación de riesgos seria y seis más para un plan que tiene que aprobar Interior no son mucho tiempo si se empieza el día de la notificación.

Nuestra posición: si eres operador crítico hoy o prestas un servicio esencial, empieza por la evaluación de riesgos y por la continuidad, que sirven pase lo que pase con la ley, y constrúyelas pensando a la vez en CER y en NIS2. Hacerlas por separado es pagar dos veces por el mismo análisis.

Madruga Consulting

CER es una pieza más del mapa regulatorio: el resto —ENS, NIS2, DORA, RGPD— está en cumplimiento normativo.

Preguntas frecuentes

Entidades críticas, sin rodeos

¿La Directiva CER se certifica?

No. No existe un certificado CER: es una obligación legal que se cumple ante la autoridad. En España, según el proyecto de ley que decayó en octubre de 2026, la evaluación de riesgos y el plan de resiliencia los validaría la Secretaría de Estado de Seguridad. Lo que sí se certifica son las normas que ayudan a demostrarla, como la ISO 22301 de continuidad de negocio o la ISO 27001.

¿Cómo sé si mi empresa es una entidad crítica?

Porque te lo notifican. No basta con pertenecer a un sector: la autoridad identifica a las entidades que prestan un servicio esencial y cuyo incidente tendría efectos perturbadores significativos, y se lo comunica a cada una (art. 6 de la directiva). Si eres operador crítico con la Ley 8/2011, es razonable prepararse para estar en la lista, pero la designación la decide la autoridad.

¿Qué relación tiene con NIS2?

Son dos caras del mismo problema. CER cubre la resiliencia física y operativa; NIS2, la ciberseguridad, y el proyecto español que decayó dejaba fuera de su ámbito lo que regulase la norma que transponga NIS2. Además, NIS2 trata como entidad esencial a toda entidad identificada como crítica con CER: quien entra en una lista, entra en la otra.

¿Cuánto tiempo hay para cumplir una vez designado?

Según el proyecto de ley que decayó con la disolución de las Cortes: tres meses para designar al Responsable de Seguridad y Resiliencia, nueve meses para elevar la evaluación de riesgos y seis meses más para el plan de resiliencia. Hoy no hay plazo legal español: los definitivos serán los del texto que apruebe la próxima legislatura y publique el BOE.

¿Me afecta si solo soy proveedor de una entidad crítica?

La ley no te obliga directamente. Pero una entidad crítica tiene que gestionar sus riesgos y su continuidad, y eso incluye a sus proveedores: lo previsible es que te lo trasladen por contrato o por pliego. Es una interpretación de mercado, no una obligación legal, y conviene tenerla preparada antes de que llegue la cláusula.

¿Podéis ser nuestro Responsable de Seguridad y Resiliencia?

No. El proyecto de ley exigía que esa persona tuviera la habilitación de Director de Seguridad del Ministerio del Interior, y es previsible que el próximo texto mantenga una exigencia parecida. Nosotros preparamos la evaluación, el plan y el sistema que esa persona tendrá que sostener ante la autoridad.

¿Qué pasa con la ley española tras la disolución de las Cortes?

Decayó. Con el Real Decreto 806/2026, BOE de 6 de octubre de 2026, caducan todos los proyectos en trámite y no se reanudan donde quedaron: el Gobierno que salga de las elecciones del 29 de noviembre tendrá que aprobar un texto nuevo y enviarlo a las Cortes. Mientras tanto siguen en vigor la directiva europea y, para los operadores críticos, la Ley 8/2011.

Siguiente paso

¿Eres entidad crítica o proveedor de una?

Te decimos qué te toca hoy, qué te tocará con la ley y por dónde empezar para no hacer el trabajo dos veces.

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